El plazo para registrar las solicitudes de prematriculación del alumnado en los centros públicos y privados concertados de Euskadi para el curso 2026-2027 comenzará el 2 de febrero, con el mantenimiento de los mecanismos para evitar la segregación por razones socioeconómicas o de otra naturaleza.
El Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) publica este miércoles una orden de la consejera de Educación, Begoña Pedrosa, en la que se recoge que el plazo de prematrícula acabará el 13 de febrero, que las listas provisionales se publicarán el 24 de marzo y las definitivas, tras el periodo para reclamaciones, el 21 de abril.
Este proceso de admisión es para el alumnado que desee ser admitido en un aula de 2 años en cualquiera de los centros, así como para el que desee acceder por primera vez a alguno de estos centros en cualquier curso del segundo ciclo de Educación Infantil o en cualquier curso de Educación Primaria o Educación Secundaria Obligatoria.
También deberán realizar la solicitud en este proceso de admisión aquellos alumnos que estando escolarizados deseen o deban cambiar de centro escolar o de modelo lingüístico.
La continuidad de los estudios en los diferentes niveles y etapas en el mismo centro se garantizará de forma automática y, por tanto, no se requiere solicitud de admisión salvo cuando se trate de acceder a un aula de 2 años o en los casos citados de acceso más tardío o de cambio de centro.
No es necesario que el alumnado de 6.º curso de Educación Primaria perteneciente a centros públicos de Educación Infantil y Primaria presente solicitud de admisión en 1.º de Educación Secundaria Obligatoria en el Instituto de Educación Secundaria que le corresponda por adscripción, siempre que el centro adscrito sea único y el modelo lingüístico sea el mismo.
Ello, sin embargo, no impide que se pueda presentar libremente solicitud de admisión a otro centro o modelo diferente.
Reserva de plazas para alumnado con necesidades específicas
La orden recuerda la obligatoriedad de establecer una reserva de plazas para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo, que se debe hacer efectiva teniendo en cuenta la proporción que tiene cada centro.
También estipula que la oferta de plazas escolares se ajustará a las «necesidades reales» de escolarización, con el fin de evitar «tanto la sobreoferta como la infraoferta».
En suma, indica que tanto la planificación de la oferta como los mecanismos que regulan la admisión «deben contribuir a una distribución equilibrada de la diversidad y de la vulnerabilidad» entre todos los centros sostenidos con fondos públicos, a fin de evitar la segregación del alumnado por razones socioeconómicas o de otra naturaleza.
Las personas solicitantes podrán indicar cuántos centros deseen. En caso de que no se consiga plaza en ninguno de los solicitados y no se cuente con centro de referencia donde continuar los estudios en 2026-2027, la delegada territorial asignará una plaza dentro del área de influencia del solicitante. EFE






