El Tribunal Supremo no admite el recurso planteado por Laboral Kutxa, por lo que ya es firme la sentencia que declara nula la comisión por reclamación de posiciones deudoras (números rojos), informan los consumidores de EKA/ACUV.
En el momento en que nuestra cuenta se quedaba en números rojos (cuando nos pasan un recibo y no disponemos de saldo suficiente), automáticamente se generaba una comisión de 30€, además de los intereses de demora.
Un nuevo éxito de EKA/ACUV que presentó una demanda colectiva en 2016, solicitando la nulidad de la comisión, entendiendo que era abusiva porque no se prestaba ningún servicio al cliente y no cumplía con los criterios de transparencia y buenas prácticas bancarias.
Esta comisión ya ha sido declarada nula por el Tribunal Supremo porque no obedece a ningún servicio efectivamente prestado en beneficio del cliente.
Por todo ello, Laboral Kutxa deberá dejar de aplicar dicha comisión y eliminarla de todos sus contratos.
Asimismo, deberá proceder a devolver lo cobrado de forma indebida a todos sus clientes, a los que animamos a que presenten la pertinente reclamación ante su entidad.
Esta sentencia se une a otras muchas dictadas hasta la fecha en procesos promovidos por EKA/ACUV y que afectan a la mayoría de entidades financieras, por lo que las personas consumidoras deben ser conocedoras de que si en algún momento se les ha cobrado esta comisión, pueden reclamar a su entidad financiera la devolución de la misma.