vacunas jovenes vascos
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Osakidetza va a abrir mañana las citas para la vacunación a la población de entre 12 y 15 años, un total de 87.126 menores, con el objetivo de que parte de este colectivo pueda comenzar el curso en septiembre al menos con la pauta empezada.

La consejera de Salud, Gotzone Sagardui, ha hecho este anuncio en la comparecencia de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno Vasco, en la que ha explicado que se ha adoptado esta decisión al contar con disponibilidad para hacerlo por los huecos que dejan las personas con citas concertadas para ser inoculadas contra la covid-19 que se han contagiado en estas semanas.

Un total de 146.094 menores de 29 años tienen día y hora para inyectarse alguno de los sueros disponibles para esta franja de edad, pero todavía hay más de 40.000 espacios libres según ha explicado Sagardui, bien porque muchos jóvenes han «pospuesto» su vacunación por las vacaciones o bien porque han dado positivo en coronavirus.

«El número de citas disponibles se está incrementando diariamente. Los jóvenes son los más afectados por los contagios y hasta dentro de seis meses después de contagiarse no pueden vacunarse», ha explicado la consejera.

Este «excedente» de dosis ha llevado a Osakidetza a abrir las agendas a partir de mañana para que puedan comenzar con este proceso con Pfizer los niños de entre 12 y 15 años, un total de 87.126, de manera que lo empiecen antes de la apertura del curso escolar.

Como se ha hecho con la franja de edad precedente podrán tramitar sus citas a través de la web del Servicio Vasco de Salud.

Junto a esta novedad, la consejera ha informado de otra que afecta a los jóvenes que viajen a otros países por motivos de trabajo o de estudio y deben hacerlo vacunados. Para ello, Osakidetza va a habilitar un «canal» en el que estas personas deberán acreditar «debidamente» los motivos de su desplazamiento.

La consejera, que ha emplazado a las personas con cita que se han infectado a que la anulen por teléfono o vía web, ha explicado que con el inicio de la inoculación a menores de 15 años los porcentajes de la población vacunada sufrirán una leve disminución, ya que la población diana sobre la que se llevan a cabo será ahora la de mayores de 12 años y no de 16 como hasta el momento.

Sagardui ha destacado la buena marcha de la vacunación, pero ha insistido en que «no se puede dejar todo en manos» de este proceso, tras percibir que el escenario actual es «completamente nuevo». «El uso de la mascarilla se ha reducido y parece que hay sensación de pérdida de miedo. El verano, las vacaciones y la necesidad de descanso y de relajación han contribuido a la expansión del virus», ha advertido.

También ha reconocido que a mayor número de positivos la red de rastreo «también se tensiona», ya que en estos momentos la cantidad de contactos detectados por cada contagio «se ha incrementado sustancialmente» y no se puede contactar con ellos «con la misma rapidez» que en olas precedentes». EFE



5 Comentarios

  1. El ‘Código’ de Nuremberg
    La prueba de crímenes de guerra y de crímenes contra la humanidad

    Aplicando cualquier criterio reconocido de evaluación, el juicio muestra que se han cometido crímenes de guerra y crímenes contra la humanidad tal como se alega en los puntos dos y tres de la querella. Desde el comienzo de la Segunda Guerra Mundial se realizaron, en Alemania y en los países ocupados, experimentos médicos criminales en gran escala sobre ciudadanos no alemanes, tanto prisioneros de guerra como civiles, incluidos judíos y personas “asociales”. Tales experimentos no fueron acciones aisladas o casuales de médicos o científicos que trabajaran aislados o por su propia responsabilidad, sino que fueron el resultado de una normativa y planeamiento coordinados al más alto nivel del gobierno, del ejército y del partido nazi, practicado como parte del esfuerzo de guerra total. Fueron ordenados, aprobados, permitidos o sancionados por personas que ocupaban cargos de autoridad, las cuales estaban obligadas, de acuerdo con los principios de la ley, a conocer esos hechos y a tomar las medidas necesarias para impedirlos y ponerles fin.

    Experimentos médicos permisibles

    Existen pruebas de gran peso que nos muestran que ciertos tipos de experimentos sobre seres humanos, cuando se mantienen dentro de límites razonablemente definidos, son conformes con la ética general de la profesión médica. Quienes practican la experimentación humana justifican su actitud en que esos experimentos proporcionan resultados que benefician a humanidad y que no pueden obtenerse por otros métodos o medios de estudio. Todos están de acuerdo, sin embargo, en que deben observarse ciertos principios básicos a fin de satisfacer los requisitos de la moral, la ética y el derecho:

    1. El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial.
    ……
    5. No se podrán realizar experimentos de los que haya razones a priori para creer que puedan producir la muerte o daños incapacitantes graves; excepto, quizás, en aquellos experimentos en los que los mismos experimentadores sirvan como sujetos
    ….
    10. En el curso del experimento el científico responsable debe estar dispuesto a ponerle fin en cualquier momento, si tiene razones para creer, en el ejercicio de su buena fe, de su habilidad comprobada y de su juicio clínico, que la continuación del experimento puede probablemente dar por resultado la lesión, la incapacidad o la muerte del sujeto experimental

    ……
    ¿CUANTOS MUERTOS POR LAS MAL LLAMADAS VACIUNAS LLEVAMOS?

  2. ¿SE PUEDE EFETUAR UN ENSAYO MEDICO CON NIÑOS?
    ¿si alguno fallece nadie se hara responable ni siquiera lo padres que auyudaron a administrarla?
    ¿tienen los niños capacidad para decidir que se ahgan ensayos clinicos con su cuerpo? por que esto es un ensayo lo llamen como lo llames

  3. Desde el punto de vista de la legislación, el hecho de coaccionar o discriminar a una persona por no querer someterse a una prueba PCR también es un delito, ya que existen varias leyes que nos protegen, la más importante y aclaratoria es la ley del paciente 41/2002 y se cita textualmente.

    2. Toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere, con carácter general, el previo consentimiento de los pacientes o usuarios. El consentimiento, que debe obtenerse después de que el paciente reciba una información adecuada, se hará por escrito en los supuestos previstos en la Ley.

    3. El paciente o usuario tiene derecho a decidir libremente, después de recibir la información adecuada, entre las opciones clínicas disponibles.

    4. Todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al tratamiento, excepto en los casos determinados en la Ley. Su negativa al tratamiento constará por escrito.
    Ley del paciente 41/2002 Artículo 2. Principios básicos.

    Pero incluso leyes más recientes como la 2/2021 del 29 de marzo, nos dan la razón a este respecto y se cita textualmente:

    1. Los servicios de salud de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla garantizarán que, en todos los niveles de la asistencia, y de forma especial en la atención primaria de salud, a todo caso sospechoso de COVID-19 se le realizará una prueba diagnóstica por PCR (Reacción en Cadena de la Polimerasa) u otra técnica de diagnóstico de infección COVID-19, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas, y que toda la información derivada se transmita en tiempo y forma según se establezca por la autoridad sanitaria competente.
    Ley de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria 2/2021 Artículo 24. Detección y notificación.

  4. Confiemos en que los padres responsables no inyecten a sus hijos un medicamento en fase experimental, que tiene más probabilidades de producir problemas graves y efectos secundarios, que la propia enfermedad de la que en teoría protege, y ya en estas edades la comparativa raya lo absurdo.

  5. Mario patines: ¿por qué has cambiado de seudónimo, si todos sabemos que eres el zumbado del «código»? Vaya dos; tú y el «bio» Si sois dos; (seguro que sois el mismo paranoico).

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