El Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco ha publicado la orden que garantiza el derecho al voto de las personas que tengan que trabajar el 21 de abril, día en el que se celebrarán las elecciones al Parlamento Vasco y de aquellos que resulten miembros de una mesa electoral o realicen funciones de interventores o apoderados.

La orden establece el permiso retribuido durante la jornada laboral que les corresponda ese día, a quienes no disfruten del preceptivo descanso semanal y tengan la condición de electoras, para que puedan ejercer su derecho a voto.

Así, las personas trabajadoras que deseen ejercer su derecho a voto el 21 de abril y cuya jornada laboral habitual, en ese día, coincida en cuatro o más horas con el horario de apertura de los locales electorales, disfrutará de un permiso retribuido de cuatro horas.

Si la coincidencia fuera de menos de cuatro horas, el permiso se reduciría al tiempo que coincida con el horario laboral.

En el caso de las personas miembros de las mesas electorales o de quienes realicen funciones de intervención ese día, se les concederá el permiso correspondiente a la jornada completa, así como un permiso para las cinco primeras horas de su jornada laboral del día inmediatamente posterior.

Asimismo, la orden establece que quienes hagan funciones de apoderados disfrutarán de un permiso no recuperable durante el día de la votación que debe ser retribuido por la empresa una vez justificado. EFE



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