El Instituto Foral de Bienestar Social (IFBS), organismo autónomo de la Diputación Foral de Álava, ha solicitado a todos los trabajadores que realizan actividades en contacto habitual con menores que certifiquen que nunca han sido condenados por delitos de agresión y abuso sexual. Los empleados de empresas y asociaciones que mantienen contratos y convenios de colaboración con IFBS y trabajan con menores también deberán acreditar no tener antecedentes por esta clase de delitos.
Fue anunciado públicamente el pasado mes de marzo.
Estas medidas son consecuencia de la entrada en vigor el pasado día 1 de la modificación de la Ley de Protección Jurídica del Menor, que impone como requisito imprescindible al acceso y ejercicio de profesiones que impliquen el contacto habitual con menores el no haber sido condenado por sentencia firme a algún delito contra la libertad sexual, lo que incluye agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo, prostitución, explotación sexual y corrupción de menores, así como la trata de seres humanos.
Los trabajadores del IFBS afectados por este requisito superan las sesenta personas, fundamentalmente procedentes del Área del Menor y Familia, entre trabajadores, psicólogos y valoradores de dependencia.
El ente foral también ha informado de este requisito a las empresas y asociaciones que prestan servicio en los diferentes hogares, centros y pisos de acogida de menores, así como en centros para personas con discapacidad.
Todos estos trabajadores deberán acreditar que no tienen antecedentes por delitos de abuso sexual mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, perteneciente al Ministerio de Justicia, un trámite que se realiza vía DNI o certificado electrónico.
De forma transitoria y hasta la obtención de dicho certificado, el IFBS admitirá la presentación de una declaración jurada tanto de los trabajadores que están desempeñando su puesto de trabajo en contacto habitual con menores como en los casos de nombramientos realizados con escaso margen desde que se produce el llamamiento. Tal declaración jurada en ningún caso sustituirá la obligación de presentar la certificación negativa a la mayor brevedad posible, ha informado el Instituto Foral de Bienestar Social.






