El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y la Asociación Alavesa del Taxi ALATAX han acordado habilitar e identificar siete emplazamientos especiales situados en el itinerario del BEI para facilitar la recogida y el descenso de las personas viajeras. El Departamento de Movilidad y Espacio Público, a través de su Servicio de Tráfico, ha comenzado a pintar estas plazas de ‘parada’ exclusivamente dedicadas al sector del taxi, algunas de las cuales se encuentran en zonas peatonales. Concretamente se trata de estos puntos:

  1. En la acera de la C/ Jacinto Benavente, junto a los números 17-19.
  2. En el exterior de la rotonda de las calles Jacinto Benavente y Vicente Aleixandre, en su sector sudeste, en la zona excluida al tráfico.
  3. En la calle Etxezarra, junto al nº 19 de Castillo de Fontecha.
  4. En la Calle Castillo de Lantarón, en su tramo Este.
  5. En el Paseo de la Zumaquera, entre los portales 1 al 19.
  6. En el Paseo de la Zumaquera, entre los portales 23 al 35.
  7. En la C/ Francisco Leandro de Viana, entre las calles Beato Tomás de Zumárraga y Pablo Neruda, parando en la franja existente entre los carriles reservados a TUVISA y los reservados a ciclistas. En este último lugar de parada, los taxis deberán entrar desde la C/ Beato Tomás de Zumárraga y procurar el menor entorpecimiento a los vehículos de TUVISA y a ciclistas.

“Queremos ayudar al colectivo de taxistas de Vitoria-Gasteiz, que presta un servicio de primer nivel en nuestra ciudad. Estas nuevas paradas, que también teníamos ya operativas en otros sitios como en la calle Olaguíbel, frente al Ambulatorio, harán que el servicio sea más cómodo para las personas usuarias del taxi y que los profesionales del sector puedan acercarse a sus clientes”, ha explicado el concejal de Movilidad y Espacio Público, Raimundo Ruiz de Escudero.

“Desde la Asociación velamos también para que todos los usuarios del taxi tengan acceso a él de la manera más cómoda, ágil y rápida posible. Adaptamos en estos puntos el servicio puerta a puerta que nos caracteriza con la intención de convivir con el nuevo sistema de transporte BEI. Este nuevo acuerdo es un nuevo paso para mejorar el servicio del taxi en Vitoria-Gasteiz”, explican desde ALATAX.



1 Comentario

  1. https://www.vecinosvalladolid.org/IMG/pdf/SEMANA_EUROPEA_Derechos_del_Peaton_2008.pdf

    CARTA EUROPEA DE LOS DERECHOS DEL PEATÓN Resolución del Parlamento Europeo de 12 de octubre de 1988

    1 El peatón tiene derecho a vivir en un ambiente sano y a disfrutar libremente del espacio público en las condiciones de seguridad adecuadas para su salud física y psicológica.

    2 El peatón tiene derecho a vivir en centros urbanos o rurales organizados a medida del hombre y no del automóvil.

    3 Los niños, los ancianos y los minusválidos tienen derecho a que la ciudad constituya un lugar de socialización y no de empeoramiento de su situación de debilidad.

    4 Los discapacitados tienen derecho a que se tomen medidas específicas que les permitan toda movilidad posible, como la demolición de las barreras arquitectónicas y el acondicionamiento de los medios públicos de transporte.

    5 El peatón tiene derecho a que se reserven zonas urbanas lo más amplias posible, que no sean meras “islas de peatones”, sino que se inserten coherentemente en la organización general de la ciudad.

    El peatón tiene derecho, en particular:
    a) Al respeto de las normas relativas a las emisiones químicas y acústicas de los vehículos a motor consideradas científicamente como soportables.
    b) A la implantación generalizada en el transporte público de vehículos que no sean fuente
    de contaminación atmosférica o acústica.
    c) A la creación de “pulmones verdes”, incluso mediante obras de repoblación forestal urbana.
    d) A la limitación de la velocidad mediante una reforma estructural de las calles, cruces (por
    ejemplo con ayuda de isletas), de manera que los automovilistas rectifiquen la velocidad y se
    garantice el tráfico de peatones y bicicletas.
    e) A la prohibición de difundir mensajes publicitarios que fomenten el uso equivocado
    y peligroso del automóvil.
    f) A sistemas eficaces de señalización concebedos también para quienes están privados del
    sentido de la vista y el oído.
    g) A medidas específicas que permitan detenerse, acceder y recorrer calles y aceras (por ejemplo: pavimentación no resbaladiza, rampas que permitan superar el desnivel con el plano de la calle, adecuación de las dimensiones al destino de las calles, medidas especiales durante el desarrollo de trabajos de construcción, protección contra el tráfico automovilístico mediante elementos urbanos, creación de puntos de parada y descanso, pasos subterráneos y puentes que faciliten el cruce).
    h) A la introducción de un sistema de responsabilidad objetiva o de riesgo de modo que
    aquel que sea responsable de la creación de un riesgo asuma las consecuencias financieras (como por ejemplo en Francia desde 1985).

    7 El peatón tiene derecho a una movilidad completa y libre que puede realizarse mediante el uso integrado de los medios de transporte. En particular, tiene derecho:
    a) A un servicio de transportes públicos articulado y debidamente equipado para responder a las exigencia de todos los ciudadanos hábiles o minusválidos.
    b) A la implantación de carriles para bicicletas en todo el casco urbano.
    c) A la disposición de áreas de aparcamiento que no incidan en la movilidad de los peatones y en la posibilidad de disfrute de los valores arquitectónicos.

    8 Todo el Estado debe procurar que el público reciba toda la información necesaria sobre los derechos del peatón a través de los canales más idóneos y a partir de los primeros niveles de enseñanza escolar

Dejar respuesta