Despachos BK ETL Global acaba de publicar su último boletín con los cambios y las novedades fiscales para 2023. Entre estas se encuentran subidas de impuestos, cambios en normativas y modificaciones en el IRPF.
Reducción por obtención de rendimientos del trabajo (IRPF)
Con efectos desde el 1 de enero de 2023, se incrementan los importes que minorarán los rendimientos netos del trabajo aumentándose, asimismo, la cuantía por debajo de la cual se aplica esta reducción. La rebaja mencionada se aplica a aquellos contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 19.747,50 euros. Eso sí, siempre y cuando no tengan rentas, excluidas las exentas, distintas de las del trabajo, superiores a 6.500 euros.
Cambios para los contribuyentes que perciban rentas de más de un pagador (IRPF)
Se eleva el umbral, de tal manera que no están obligados los contribuyentes que perciban rentas del trabajo de más de un pagador si la suma de dichos rendimientos no supera los 15.000€ (con anterioridad el límite era de 14.000€).
Impuesto sobre Sociedades: rebaja del tipo de gravamen para determinadas empresas
Se reduce del 25% al 23% el tipo de gravamen para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) del período impositivo inmediato anterior sea inferior a 1.000.000€. Y no tenga la consideración de entidad patrimonial. A estos efectos, el importe neto de la cifra de negocios se determinará con arreglo a lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo 101 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.
Modificaciones en el régimen fiscal especial aplicable a impatriados
La Ley de Startups ha introducido diversos cambios con efectos en 2023 en el conocido como “régimen fiscal de impatriados” (Ley Beckham). La primera novedad que encontramos en esta materia es que se disminuye de 10 a 5 años los periodos impositivos en los que el impatriado no debe haber sido residente fiscal en territorio español (con anterioridad al desplazamiento).
Para poder aplicar este régimen es necesario que el interesado tenga un motivo concreto de desplazamiento a España. En este sentido, la Ley de Startups ha aumentado estos motivos. Es decir, ahora existen más situaciones que pueden motivar al impatriado a aplicar la “Ley Beckham”.
Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas
En el BOE de 28 de diciembre de 2022 se publicó la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito. Por la que se crea el Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
Nuevo Impuesto al Plástico
Como sexta novedad destacamos el conocido como “Impuesto al Plástico”. Un nuevo tributo que entra en vigor en España en 2023. Concretamente, se trata de un impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables se configura como un tributo de carácter indirecto. Que persigue gravar la utilización de envases de plástico no reutilizables en todo el territorio español.
Este impuesto se exigirá a quienes realicen la eleboración, adquisición intracomunitaria e importación de determinados productos (Claves del Impuesto al Plástico). No obstante, este impuesto cuenta con determinadas exenciones de pago.
Novedades en la deducción por maternidad
Otra de los cambios fiscales que destacamos es la modificación que se ha producido en los requisitos para poder aplicar la deducción por maternidad. Ahora, las mujeres que tengan hijos menores de 3 años con derecho a la aplicación del mínimo por descendientes. Pueden minorar la cuota diferencial hasta en 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años hasta que alcance dicha edad.
Cambios en el IS introducidos por la Ley de Startups
En relación con las empresas emergentes, se reduce el tipo impositivo aplicable en el IS y en el IRNR. Pasa del 25% al 15%, durante el primer período impositivo en que la base imponible sea positiva y los tres siguientes. Para que se dé esta situación, los contribuyentes deben mantener la condición de “empresa emergente”
En segundo lugar, destacar que se permite el aplazamiento de la deuda tributaria del IS o del IRNR en los dos primeros ejercicios desde que la base imponible sea positiva. Sin garantías ni intereses de demora, por un periodo de 12 y 6 meses respectivamente. Además, desaparece la obligación de efectuar pagos fraccionados del IS y del IRNR en los 2 años posteriores a aquel en el que la base imponible sea positiva. Siempre y cuando en esos ejercicios mantengan la condición de empresa emergente.
Cambios en el IRPF introducidos por la Ley de Startups
En primer lugar, incrementa la cuantía de la exención de tributación de las stock options (opciones sobre acciones) de 12.000 a 50.000 euros anuales en el caso de entrega por parte de startups de acciones o participaciones derivadas del ejercicio de opciones de compra.
En segundo lugar, destacar que: se amplía la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación (de 60.000 a 100.000 euros anuales). Se amplía también el tipo de deducción (pasa del 30% al 50%). Y el periodo en el que la empresa se considera de reciente creación (sube de 3 a 5 años en general y a 7 para empresas que pertenezcan a ciertos sectores).
Cambio de coeficiente en la Plusvalía Municipal
En relación con el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Se actualizan los importes de los coeficientes máximos aplicables sobre el valor de los terrenos según el período de generación del incremento de valor, a efectos de la determinación de la base imponible de dicho impuesto. Con los siguientes periodos de generación y coeficientes respectivos para fijar el gravamen (con efectos desde el 1 de enero de 2023)
Para más información sobre las novedades fiscales en 2023, puedes ponerte en contacto con cualquiera de sus despachos.