El Departamento vasco de Salud ha aprobado una orden que regula los criterios para acreditar la formación en salvamento acuático y primeros auxilios de los socorristas en piscinas de uso colectivo.
La orden, ya en vigor, desarrolla el decreto que regula las condiciones sanitarias de estos espacios acuáticos y que establece la obligatoriedad de contar con socorristas con formación específica. Concreta qué certificados y titulaciones acreditan la cualificación profesional necesaria para ejercer como socorrista en este tipo de instalaciones.
Desde el 1 de enero de 2026 las personas que trabajan como socorristas deben contar con una cualificación reconocida conforme a la normativa vasca sobre profesiones de la actividad física y del deporte.
Esta acreditación se incluye en la declaración responsable que deben presentar las instalaciones en el momento de su apertura y podrá ser objeto de comprobación, control e inspección por parte de la Dirección de Salud Pública y Adicciones, ha explicado el departamento en un comunicado.
Mediante esa declaración, los socorristas pueden acreditar que ya venían ejerciendo la actividad con anterioridad a la entrada en vigor de la normativa.
De manera excepcional, y ante la posible falta de profesionales con la cualificación exigida en este inicio de temporada de verano, la orden establece un periodo transitorio.
Así, hasta el 30 de septiembre de 2026 se considerarán válidas las formaciones en socorrismo acuático impartidas tradicionalmente por federaciones deportivas, Cruz Roja, DYA y otras entidades similares, siempre que se acrediten mediante el correspondiente diploma. EFE






