IVA- La renuncia y la revocación de la misma al Régimen Simplificado
para el ejercicio 2026 y sucesivos- Modelo037
(La renuncia y la revocación al Régimen Simplificado están establecidas
reglamentariamente en el mes de diciembre,
salvo que Disposiciones Normativas posteriores modifiquen dicho plazo).
- Renuncia o revocación de la misma al Régimen Especial de la Agricultura,
Ganadería y Pesca para el ejercicio 2026 y sucesivos - Opción o renuncia al Régimen Especial de Criterio de Caja del Impuesto
sobre el Valor Añadido para el ejercicio 2026 y sucesivos - Opción o revocación para el ejercicio 2026 y sucesivos por la determinación
de la Base Imponible mediante el margen de beneficio global
en el Régimen Especial de los bienes usados, objetos de arte,
antigüedades y objetos de colección - Opción tributación en destino ventas a distancia y prestaciones de servicios
de telecomunicación, radiodifusión, televisión y vía electrónica a otros países
de la U.E. para 2026 y 2027 - Renuncia al Régimen de deducción común para sectores diferenciados
para 2026 - Comunicación de alta en el Régimen especial del grupo de entidades
- Comunicación de datos anual relativa al Régimen especial
del grupo de entidades - Solicitud de inscripción en el Registro de devolución mensual cuando
se presente jun-to con la opción para la aplicación del régimen especial
de grupo de entidades o, en su caso, baja en el Registro de devolución
mensual cuando se presente junto a la solicitud de baja de la aplicación
de dicho régimen especial
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