Foto ajena a la información. EFE).- Los estatutos de las comunidades de vecinos podrán prohibir la instalación de futuros pisos turísticos en su edificio, una situación que no afectará a las viviendas de este tipo que ya están en funcionamiento, según el proyecto de decreto que regula estas viviendas redactado por el Gobierno Vasco.
El consejero de Turismo, Comercio y Consumo, Alfredo Retortillo, ha presentado esta semana en Bilbao este proyecto de decreto, que busca regular los aspectos más turísticos de las viviendas dando garantías a los promotores, vecinos y turistas, ya que la decisión de conceder o no las licencias corresponde a los ayuntamientos.
Por ejemplo, los ayuntamientos de San Sebastián y Bilbao, que concentran dos tercios de los 2.434 pisos turísticos existentes actualmente en Euskadi, ya tienen una normativa municipal más restrictiva que el decreto que hoy ha presentado el Gobierno Vasco, ya que en las dos capitales se han limitado las viviendas turísticas a un primer piso y a una vivienda por inmueble.
Actualmente, según los datos facilitados, hay 1.200 viviendas turísticas en San Sebastián -lo que explica, como ha comentado el consejero, que haya sido el lugar donde más polémica ha habido con estos pisos- y otros 300 en el resto de Gipuzkoa; 650 en Bilbao y otras 200 en el resto de Bizkaia, y 51 en Vitoria y otros 33 en el resto de Alava.
El Ayuntamiento que más expedientes ha abierto ha sido el de Bilbao, donde han dado de baja ya 120 viviendas por no cumplir las condiciones para ser turísticas.
El decreto que hoy ha presentado el Gobierno trata de regular sobre todo los aspectos de garantías para promotores, vecinos y usuarios.
Así, parte de la libertad de establecimiento, avalada por la Unión Europea, por lo que busca facilitar la instalación de los pisos, a la vez que se lucha contra la economía sumergida y se protegen los derechos de los vecinos.
Los propietarios que quieran convertir sus pisos en viviendas turísticas tendrán que inscribirse en el registro ya existente y presentar una declaración «responsable» de que conocen y cumplen los requisitos para empezar a funcionar.
El proyecto recoge que no se podrá desarrollar la actividad de uso turístico cuando los estatutos de la comunidad la prohíban expresamente.
En la práctica, esto no afectará a las viviendas turísticas ya instaladas, ya que para cambiar los estatutos se necesita unanimidad y, lógicamente, el vecino propietario de un piso turístico no votará a favor de prohibirlo.
Pero sí afecta a los edificios donde todavía no hay viviendas turísticas, ya que las comunidades de vecinos podrán «blindarse» y rechazar estas viviendas en su inmueble.
El decreto también regula otros derechos de los vecinos por el respeto al descanso. En este punto, considera a estos inmuebles como viviendas clasificadas, lo que facilita la reclamación del resto de de vecinos en casos de ruidos.
El tercer punto destacado del decreto es que se impulsará la implantación de un distintivo -que emitirá la administración- en el portal o en la puerta de acceso a las viviendas para uso turístico, que permitirá identificar dónde se encuentran las viviendas que cumplen con los requisitos legales, dando garantías tanto a los vecinos como a los clientes.
Igualmente, el número de registro de la vivienda -el que le da el registro del Gobierno Vasco- tendrá que constar siempre, tanto donde se ofertan -como en las conocidas páginas web de búsqueda de alojamiento- como en las facturas.
Además, las viviendas tendrán que tener un seguro obligatorio de al menos seis mil euros por plaza.
El proyecto de decreto estará sometido hasta el 3 de enero a información pública, para que todo el que quiera pueda presentar alegaciones, y se calcula que para marzo estará en vigor.
Una vez vigente, los propietarios de las viviendas tendrán un plazo de seis meses para adaptarse a este decreto. EFE









