El Pleno del Consejo Regulador de la D.O. Calificada Rioja ha aprobado las ‘Normas de Campaña’ para la vendimia 2016, un conjunto de medidas clave dentro del sistema de control que garantiza la calidad y autenticidad de las uvas y vinos de la Denominación de Origen Calificada Rioja. Además de fijar los rendimientos máximos de producción de uva por hectárea y supervisar su complimiento, se controla mediante tarjetas magnéticas el pesaje obligatorio de todas las uvas a su entrada en bodega y se determinan exigencias de calidad en parámetros como la graduación alcohólica, intensidad colorante, índice de polifenoles, etc. La aprobación por amplio respaldo de las Normas de Campaña 2016 es consecuente con el objetivo de elevar el nivel de excelencia de los vinos de Rioja asumido por el sector como uno de los principales ejes estratégicos del modelo de denominación.

 

La entrada de uva en bodega debe hacerse ante los ‘vigilantes’ del Consejo Regulador -en la pasada vendimia contrató un total de 179 ‘auxiliares de vendimia’, además de 15 técnicos de apoyo a las labores inspectoras del Servicio Habilitado de Veedores-, vigilantes que controlan también la calidad de la uva (“…solamente se pueden dedicar para la elaboración de vinos protegidos las partidas de uva sana con una graduación natural mínima de 10’5 % Vol. para las uvas tintas y de 10 % Vol. para las uvas blancas”). Estas exigencias se suman a las de intensidad colorante mínima («3’5 en vinos tintos para el caso de que la fermentación maloláctica esté realizada»), índice de polifenoles totales mínimo (30), etc., que deben superar los vinos elaborados para ser amparados. Las básculas y los refractómetros deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley 32/2014 de Metrología, y disponer de la documentación que demuestre que están verificados por un organismo competente.

 

Entre las medidas incluidas en las ‘Normas de Campaña’, destaca la fijación de los rendimientos máximos de producción de uva por hectárea que, de acuerdo con las circunstancias de esta campaña 2016, el Consejo ha decidido mantener en 6.955 kg. por hectárea para variedades tintas y en 9.630 kg. por hectárea para variedades blancas. En lo que se refiere al rendimiento de transformación uva-vino en las elaboraciones, para esta campaña se ha autorizado el máximo señalado por el Pliego de Condiciones de la Denominación del 72% (72 litros de vino por cada 100 kg de uva).

 

Como medidas preventivas para evitar producciones excesivas, que pueden conllevar la descalificación de la parcela, el Servicio Habilitado de Veedores del Consejo Regulador inspeccionará los viñedos durante la campaña, advirtiendo en su caso al viticultor para que corrija la situación productiva de su viñedo mediante prácticas como el aclareo de racimos.

 

Por otra parte, en atención a las condiciones climatológicas que pudieran incidir al final del ciclo vegetativo del viñedo, se entenderá justificada la entrega en bodega por parte de los viticultores de hasta 715 Kg. de uva por hectárea para las variedades tintas y de 990 Kg. de uva por hectárea para las variedades blancas por encima del rendimiento máximo amparable, aunque el vino elaborado con dicha uva no será amparado por la D.O. y deberá retirarse de las bodegas en el plazo máximo marcado por el Consejo.

 

La ‘tarjeta del viticultor’, una tarjeta magnética dotada con un chip de memoria, es un instrumento clave para garantizar la eficacia del sistema de control del Consejo durante la vendimia, pues permite mediante un terminal conectado al Consejo gestionar el proceso de entrega de uva en las bodegas y disponer de una información continua e inmediata de la producción y rendimientos de cada viticultor y de la elaboración de cada bodega.

 

Las bodegas que elaboran vino tienen que comunicarlo al Consejo con antelación, indicando la fecha de inicio de recogida de uvas, así como los puntos o lugares donde ésta se efectúe e incluso el horario de recepción, ya que toda la uva debe pesarse en presencia del vigilante del Consejo. Igualmente, cuando un viticultor entregue uvas en más de una bodega deberá comunicar con antelación por escrito la fecha de inicio de la entrega en la segunda bodega y sucesivas, si las hubiere, a los Servicios de Inspección del Consejo Regulador.

 

Una vez finalizada la vendimia, las firmas comerciales elaboradoras remiten al Consejo la relación nominal de los vendedores de uva y datos de cosecha. Por último cabe reseñar que los veedores del Consejo controlan los traslados de uvas y vigilan las zonas limítrofes de la Denominación, ya que no está permitido introducir en las bodegas de Rioja uvas de viñedos no inscritos en la Denominación.

 



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