foto de archivo. Un juzgado de Vitoria ha mantenido que el mero incumplimiento de las limitaciones derivadas del estado de alarma no implica automáticamente la comisión de un delito de desobediencia ni aunque la persona sea reincidente.
Así lo afirma el titular del Juzgado de lo Penal 2 de Vitoria en una sentencia fechada el 11 de mayo en la que absuelve de un delito de desobediencia grave a la autoridad a un hombre que fue sorprendido por la Ertzaintza en cuatro ocasiones saltándose el confinamiento por el estado de alarma decretado por la pandemia de COVID-19.
El juez establece que salir del domicilio vulnerando la obligación de permanecer en el mismo tal y como se fijó en el Real Decreto de 14 de marzo por el que se activó el estado de alarma, «en principio, no puede ser constitutivo de delito, sino a lo sumo, de una infracción administrativa»
Y además añade que el incumplimiento reiterado de una norma administrativa no puede ser un delito de desobediencia, ya que los sucesivos incumplimientos pueden ser objeto de sus correspondientes sanciones administrativas «pero no se traspasará la frontera del ilícito administrativo convirtiéndose en infracción penal».
En este caso, el acusado ya había sido sorprendido en tres ocasiones anteriores incumpliendo el confinamiento los días 23 y 30 de marzo, y el 6 de abril y denunciado por ello por los agentes.
De hecho fue condenado el mismo 6 de abril en una sentencia de conformidad por un juzgado de instrucción de Vitoria por la comisión de un delito de desobediencia grave a la autoridad a una pena de 4 meses de prisión, cuya ejecución fue suspendida durante un periodo de dos años y medio con el condición de no volver a delinquir.
Sin embargo, el 13 de abril fue sorprendido de nuevo saltándose el confinamiento y la Ertzaintza lo detuvo y le imputó un delito de desobediencia grave por incumplir las limitaciones fijadas por el estado de alarma. Al tener un antecedente el juzgado ordenó su ingreso en prisión provisional hasta la celebración del juicio el 11 de mayo.
En la vista la fiscalía pidió para el acusado un año de cárcel por un delito de desobediencia grave a la autoridad con la agravante de reincidencia. Su defensa solicitó la absolución.
El juez finalmente ha decidido su absolución en una sentencia en la que subraya que la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha establecido de forma reiterada que para que exista delito de desobediencia debe existir un previo requerimiento personal, hecho «nominalmente a la persona concreta que supuestamente desobedece para que modifique su comportamiento».
De ahí que la «desobediencia genérica» al decreto que regula el estado de alarma o a la normativa que lo complementa supondría en principio una sanción en el plano administrativo, pero no ante la jurisdicción penal, dice el juez.
En este caso, el magistrado también analiza que la tercera vez que el acusado fue sorprendido saltándose el confinamiento los agentes le llegaron a advertir de que por reiteración y si cometía esa conducta en el futuro podría incurrir en un delito de desobediencia.
Sin embargo, el titular del Juzgado de lo Penal 2 de Vitoria considera que ni así puede considerarse un delito de desobediencia que el hombre volviera a saltarse el confinamiento el 13 de abril, ya que dice que un agente no puede hacer lo que califica de «requerimientos o advertencias prospectivas a futuro» y pone un ejemplo para explicarlo.
«Si un agente de la Ertzaintza sorprende al conductor de un vehículo conduciendo sin hacer uso del cinturón de seguridad o a una velocidad superior a la reglamentaria permitida (sin traspasar obviamente los límites del artículo 379.1 del Código Penal) podrá imponer la correspondiente sanción administrativa, pero no podrá advertirle de que si vuelve a incurrir en tales conductas en un futuro cometerá un delito de desobediencia», precisa el juez.
Contra esta sentencia cabe recurso ante al Audiencia Provincial de Álava. EFE
Según veo en mi opinión,no hay justicia, esta persona no ha cumplido las normas del vovid 19,y lo malo de todo un juez por llamarlo así,le deja libre.vaya justiciaaaaa?
Yo siempre he pensado q los jueces viven en otro mundo, básicamente el de las poltronas …. qué no digo que no sean listos o estudiados o llamalo como quieras ,pero no se enteran……..
Agradecería q algún juez contestará y se explicará.
No puede haber delito, porque no desovece las órdenes de los agentes, sería una barbaridad que acabase en la cárcel por incumplir normas, el ejemplo es muy claro no se puede ir sin cinturón de seguridad en el coche y si te pillan 4 veces sin el ala a la carlel. Y también tengo serias dudas de que te pueden multar por incumplir el confinamiento porque la ley mordaza dice que tienes que desobedecer una orden directa de un agente, asike no paguéis ni una multa
Así nos va,cada uno haciendo lo que le sale de los cojones mucho listo y espabilado.Hay una crisis sanitaria y unas normas que cumplir ,si vuelve a haber rebrote gracias a los espabilados como tú y a los que hacen lo que les da la gana los sanitarios no querran trabajar,por miedo a la enfermedad.
Se nota bastante que no tienes a ningún familiar con el problema del covid-19 ESPABILADO!
Entonces k hacemos las personas normales ,las k acatamos las normas?
Somos tontos o ke?
No es lógico como se ríen a la cara toda esta gentuza k incumple todo
A todos estos listos que les trae al pairo la vida y la salud de los demás, además de la multa, (que piensan no pagar y por tanto les da igual que les sancionen) los metía en una lista, para si un día reclaman atención sanitaria por contagio, ellos o cualquiera de los que viven en su mismo domicilio, no atenderles. No vamos a estar sacrificándonos los demás por ellos, para que se rian de los médicos, enfermer@s, y de la gente con familiares fallecidos. Seguro que como les da todo igual, se partían de risa.