Diferenciarán niveles de euskera escrito u oral para el perfil

Se anunció esta semana y ya está aquí oficialmente el Decreto publicado en el Boletín del País Vasco ese sábado.Euskadi pone fin a las restricciones contra la covid –

La consejera de Salud del Gobierno Vasco, Gotzone Sagardui, ordenará suspender o posponer actividades en municipios con una incidencia de la covid-19 superior a 400 casos por 100.000 habitantes en 14 días si las autoridades locales creen que no se pueden respetar las medidas generales de seguridad, como las distancias.

DECRETO DEL LEHENDAKARI ESTE SÁBADO:

Artículo 1.– Declaración de la finalización de la situación de emergencia sanitaria.

Se declara la finalización de la situación de emergencia sanitaria que ha permanecido vigente hasta la fecha a tenor de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 2/2021, de 24 de junio, de medidas para la gestión de la pandemia de COVID-19.

El presente Decreto surtirá efectos a las 00.00 horas del día 14 de febrero de 2022.

Artículo 2.– Pérdida de efecto de las medidas derivadas de la emergencia sanitaria.

La finalización de la emergencia sanitaria supone, conforme dispone el presente Decreto, la pérdida de efecto de las medidas previstas en el Decreto 51/2021, de 28 de diciembre, del Lehendakari, por el que se determinan medidas específicas de prevención, en el ámbito de la declaración de la situación de emergencia sanitaria, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica y para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, así como en el Decreto 2/2022, de 28 de enero, del Lehendakari, que prorroga su vigencia hasta el 13 de febrero de 2022, con una modificación de aquellas.

Artículo 3.– Disolución del Consejo Asesor del Labi.

Se disuelve el Consejo Asesor del Labi, constituido de modo extraordinario para coadyuvar a la gestión de la pandemia de COVID-19, sin perjuicio de que la nueva dirección del Plan acuerde designar otro para los fines legalmente establecidos.

Artículo 4.– Régimen para la adopción de nuevas medidas.

Sin perjuicio de la superación en Euskadi de la crisis y de la situación de emergencia sanitaria, por el Departamento de Salud se podrá determinar en todo momento el ritmo y necesidades de activación del dispositivo sanitario, así como la reactivación, recuperación o puesta en marcha de medidas de prevención y contención propias de la vigilancia y control de salud pública en atención al antecedente de la pandemia de COVID-19, contando con el mantenimiento de un seguimiento sistemático y una gestión eficaz de casos y contactos.

A tal efecto y sin perjuicio de la aplicación de la legislación ordinaria autonómica o estatal, de aplicación y precedente o coetánea a la crisis, en particular sin perjuicio de la aplicación de la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación, así como de la coordinación y cohesión exigida por las autoridades estatales, queda habilitada la autoridad sanitaria de Euskadi, liderada por la Consejera de Salud, para adoptar las medidas de prevención, vigilancia o control que serán de aplicación en Euskadi.

MEDIDAS

1.– Medidas generales y de prevención.

Toda la ciudadanía debe mantener las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19, así como la propia exposición a dichos riesgos. Este deber de cautela y protección será igualmente exigible a las personas titulares de cualquier actividad. Asimismo, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de la COVID-19, así como las directrices que establezca la Dirección de Salud Pública y Adicciones.

Con carácter general se procurará mantener una distancia interpersonal de 1,5 metros en los lugares públicos, con especial atención a los recintos cerrados. Cuando no sea posible mantener esta distancia, se observarán las medidas de higiene adecuadas para prevenir el riesgo de contagio, guardando, en todo caso, la máxima distancia interpersonal posible.

De igual manera, se procurará intensificar el lavado de manos con solución hidro-alcohólica o agua y jabón.

Los establecimientos y lugares de uso público deberán garantizar una ventilación permanente durante la jornada y, además, en momentos de apertura y cierre de los locales. Si la ventilación es mecánica se deberá maximizar la entrada de aire exterior y evitar la recirculación del aire. Los sistemas de ventilación y climatización deberán cumplir las recomendaciones oficiales de operación y mantenimiento de edificios y locales. Asimismo, se determina que la ventilación, preferiblemente natural y mantenida, constituya una medida de compromiso individual para todos los lugares de convivencia y contacto social para toda la ciudadanía, sin perjuicio de su aplicación en todos los establecimientos y locales de uso público.

Se recomienda la utilización de medidores de CO2 que puedan servir para ayudar a mantener niveles de ventilación adecuados del espacio interior.

2.– Horarios.

El horario de cierre y apertura para las distintas actividades comerciales, sociales y culturales se adaptará a su regulación ordinaria de horarios aplicable al respecto.

3.– Organización de eventos y desarrollo de actividades.

En la organización de todo tipo de eventos sociales, culturales o deportivos, así como en el conjunto de actividades que se desarrollen en establecimientos y lugares de uso público, se deberán respetar las directrices y guías que establezca la Dirección de Salud Pública y Adicciones, tanto para el desarrollo de la propia actividad como para ordenar la estancia y asistencia de público en condiciones que eviten el riesgo de transmisión de la COVID-19. La Dirección de Salud Pública y Adicciones actualizará periódicamente estas directrices y guías, de acuerdo a la evolución epidemiológica.

En todo caso, todos los locales e instalaciones interiores deberán ventilarse de forma adecuada y continua. Así mismo, siendo obligatorio el uso de la mascarilla en interiores, durante el desarrollo de eventos así como en cualquier actividad de hostelería y restauración, solo se podrá prescindir del uso de la mascarilla en el momento de la ingesta.

4.– Personas vulnerables e inmunodeprimidas.

El impacto de la COVID-19 en personas inmunodeprimidas, que por ello no hayan podido adquirir niveles de inmunización suficientes tras la vacunación, puede alcanzar mayores niveles de gravedad. Por ello, se recomienda la utilización continuada de mascarillas incluso en espacios exteriores, ya que es una medida eficaz para prevenir el contagio.

5.– Municipios en los que la incidencia acumulada sea superior a los 400 casos por 100.000 habitantes, en los últimos 14 días.

En la página web del Departamento de Salud (https://www.euskadi.eus) se divulgará dos veces por semana la relación de las tasas por municipio, siendo eficaz su referencia a efectos de la aplicación de las medidas que seguidamente se detallan. Los municipios deberán de informar a la ciudadanía de la situación del municipio y difundir, a través de sus canales, las medidas preventivas que deben seguirse mientras se mantenga la situación de alta transmisión.

Suspender o posponer temporalmente, mientras se mantenga el municipio en situación de incidencia superior a los 400 casos por 100.000 habitantes, la celebración de todas aquellas actividades, independientemente de su ámbito, en las que las autoridades municipales prevean que no se pueda garantizar el cumplimiento de las medidas preventivas previstas en esta Orden. Los eventos o actividades en los que resulta más difícil garantizar el cumplimiento de las medidas preventivas básicas, especialmente el uso de la mascarilla, son aquellos en los que se contemple la ingesta de comidas o bebidas.

En aquellos eventos que se organicen manteniendo las medidas preventivas, tanto en espacios interiores como al aire libre, conviene reforzar medidas de distanciamiento que eviten aglomeraciones y promuevan la dispersión del público. Se procurará:

– Aumentar el espacio destinado al público en aquellos lugares donde se prevean concentraciones.

– Establecer pasillos de tránsito para facilitar el flujo ordenado de personas.

– Delimitar los espacios destinados a la venta y consumo de alimentos y bebidas.

– Cuando sea posible, se procurará organizar las actividades en el exterior. Las actividades al aire libre son las más seguras. El riesgo de contraer o transmitir la COVID-19 es mayor en espacios cerrados y con mucha gente.



2 Comentarios

  1. MENSAJE PARA PADRES
    de los mayores expertos en Vacunas del mundo, el Dr. Geert Vanden Bossche.

    1. BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA VACUNE USTED A SU HIJO (con vacunas para Covid19).

    2. CIENTÍFICAMENTE NO HAY UNA SOLA RAZÓN PARA VACUNAR NIÑOS.

    Lo que se está haciendo solo pueden considerarse actos CRIMINALES. (Y los científicos no usamos estas palabras a la ligera).

    Recuerden que Dr. Geert Vanden Bossche es virólogo, pro vacunas y una eminencia a nivel mundial en el campo del desarrollo de Vacunas.

  2. La comediante Heather McDonald colapsa en el escenario
    comediante de 51 años y chelsea últimamente alumbre cayó durante un espectáculo en Tempe, Arizona, y se consideró una emergencia médica a través
    Según los asistentes, acababa de contar un chiste que decía: “Estoy vacunada, doblemente vacunada, reforzada… y vacunada contra la gripe y la culebrilla y no he contraído COVID y Jesús me ama más”.

    Al decir la broma, se desplomó y se golpeó la cabeza contra el suelo. Según los informes, un técnico de emergencias médicas y una enfermera estaban entre la audiencia, apresurándose a brindar atención. Una llamada al 911 se produjo como una convulsión, pero aún se desconoce la causa específica.
    Después de los escaneos y las pruebas, dice que aún no está claro qué causó que se desmayara, pero le duele mucho la cabeza y está muy cansada. También aclaró que nunca tuvo COVID y, como dijo en su set, está completamente vacunada y potenciada.

    Tampoco esta claro como colapsan y mueran los deportistas en el proipio campo de futbol, pero todos tienen en comun que fueron vacuando dias antes

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