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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha anulado el decreto de normalización del uso del euskera para el sector público vasco, que fue recurrido por Vox, debido que la memoria económica que lo acompaña adolece de «insuficiencia sustancial».

La sentencia anula el decreto por este único motivo, al tiempo que desecha los argumentos de fondo que planteó Vox al presentar el recurso, referidos a la inconstitucionalidad de la norma por resultar, a juicio de esta formación política, discriminatoria para los castellanoparlantes.

El fallo sostiene que la estructura y contenido de este motivo de fondo «es tan genérica, tan difusa e imprecisa que no puede ser acogido» y argumenta que Vox, en su recurso, «presenta los preceptos constitucionales vulnerados pero no especifica qué artículos del decreto los lesionan».

El TJSPV elevó una cuestión de inconstitucionalidad relativa a esta asunto, que fue inadmitida por el Tribunal Constitucional el pasado mes de julio.

El decreto fue aprobado por el Gobierno Vasco el 22 de febrero de 2024. Entre otras cuestiones flexibilizaba los perfiles lingüísticos, ampliaba las formas de acreditarlos y recogía que se podrán poner exámenes en euskera en los procesos selectivos para plazas que tengan esta lengua como preceptiva.

La regulación afecta a más de 140.000 trabajadores, no solo los empleados de todas las administraciones públicas vascas, sino también a los de las sociedades, empresas públicas, consorcios y fundaciones, así como a los de empresas privadas contratadas por el sector público.

Pese a desechar los argumentos de fondo, el TSJPV sí admite una de las alegaciones planteadas por Vox en el recurso presentado en marzo de 2025, al observar un «vicio procedimental» relacionado con a la memoria económica que acompañó al decreto ahora anulado.

El TSJPV concluye que la memoria económica «adolece de insuficiencia sustancial, es decir, no cumple con su propia razón de ser» porque no cumple «con la evaluación y fundamentación objetiva y técnica de las exigencias y repercusiones económico financieras de la regulación proyectada».

La memoria, abunda la sentencia, «no justifica tampoco que la nueva regulación respete las imprescindibles estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera».

El tribunal se apoya, para llegar a esta conclusión, en un informe elaborado por la Oficina de Control Económico, que afirma que la memoria no contiene una «efectiva estimación de costes» derivados de extender instrumentos de planificación lingüística al sector público vasco.

La sentencia apunta a una contradicción por parte del Gobierno Vasco, ya que en la orden de inicio del expediente se consideró que el decreto no tendría repercusión económica, mientras que todos los informes presentados y la propia memoria económica justificaban un incremento del gasto.

El fallo no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Supremo. EFE

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