Euskadi: Prohibida la venta a domicilio sin avisar antes

La nueva ley del Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias aprobada esta semana por el Parlamento Vasco refuerza los derechos de los usuarios más vulnerables, aumenta la protección frente a ventas agresivas y autoriza a Kontsumobide a exigir a las empresas que devuelvan cantidades cobradas indebidamente.

La norma vasca sustituye a la vigente desde 2003 y regula nuevos aspectos debido a que los derechos en materia de consumo y los hábitos y formas de ventas han cambiado sustancialmente desde ese año. También se adapta a las últimas normativas aplicadas en la Unión Europea.

El texto normativo ha sido resumido en el pleno de la Cámara por el consejero de Turismo, Comercio y Consumo, Javier Hurtado, que ha destacado que esta ley «moderna, pionera y de las más avanzadas» proporciona una mayor protección de los derechos de los consumidores, especialmente de los más vulnerables y fortalece el papel de Kontsumobide y los servicios de mediación y de arbitraje.

La ley, que contiene 163 artículos y cinco disposiciones, ha sido aprobada con el apoyo del PNV, PSE-EE, Elkarrekin Podemos-IU y PP+Cs. EH Bildu y Vox han votado en contra.

VENTA A DOMICILIO CON AUTORIZACIÓN PREVIA

En las ventas a domicilio -práctica que afecta sobre todo a personas mayores- las citas tendrán que concertarse tras una autorización previa de 48 horas y tendrán que facilitarse datos de la empresa y del producto que se quiere vender, así como datos de la persona que hará la visita.

Se consideran ilícitas las prácticas comerciales agresivas que puedan limitar la libertad de elección del consumidor mediante la utilización de la coacción, el acoso o la influencia indebida o desproporcionada, con ánimo de captar clientes y comercializar el producto, a través del teléfono, los medios telemáticos, las visitas a domicilio o cualquier otro medio.

Igualmente, se consideran ilícitas las prácticas comerciales que persistan, a pesar de que la persona consumidora haya manifestado expresamente, por los medios generalmente admitidos, su voluntad de no recibir comunicaciones comerciales.

Será obligatorio entregar por escrito cualquier oferta, condiciones de venta o modificación contractual y, en el caso de internet, las web deberán tener visible la información de la empresa y las condiciones de la oferta.

INDEMNIZACIONES POR DAÑOS Y PERJUICIOS

El Instituto Vasco de Consumo -Kontsumobide- podrá acordar en sus sanciones a empresas que devuelvan las cantidades cobradas indebidamente a los consumidores e incluso que tengan que indemnizar por daños y perjuicios ocasionados.

Hasta ahora este instituto llevaba a cabo el procedimiento para estas sanciones pero era el consumidor el que tenía que acudir a la vía judicial para reclamar el dinero que se había cobrado de forma no correcta.

Se refuerzan los derechos relacionados con la información. Por ejemplo, en los servicios de interés general, como el suministro de agua, electricidad, gas, teléfono o internet, las empresas, antes de interrumpir los servicios por algún motivo justificado, deberán ofrecer al afectado un plazo de un mes para subsanar el problema.

Estas empresas de servicios básicos tendrán que poner a disposición de sus clientes un servicio telefónico gratuito.

Se amplían las obligaciones de Kontsumobide relativas a la inspección y control, resolución de conflictos, fomento del asociacionismo de consumidores y asesoramiento a las oficinas municipales.

Además, se garantiza la posibilidad de plantear reclamaciones de manera presencial y no solo digital para evitar la brecha digital, sobre todo de personas mayores.

COMERCIO SOSTENIBLE Y LUCHA CONTRA EL DESPILFARRO

Kontsumobide fomentará el consumo de bienes de comercio justo, sostenible, de cercanía y de temporada, así como el de los que favorezcan la reducción del impacto de materiales plásticos y otros envases y recipientes de un solo uso y de los que utilicen materiales reutilizables o que sean reciclables.

También promoverá la inclusión del sistema braille en el etiquetado.

Con la finalidad de evitar el despilfarro alimentario, los establecimientos que presten servicios de restauración deberán ofrecer a su clientela agua del grifo para su consumo, sin coste económico alguno por tal concepto.

Dichos establecimientos deberán informar a la clientela, de manera clara y visible, a través de la carta o menú, de avisos colocados en el establecimiento o de viva voz, de la posibilidad de llevarse los alimentos que no haya consumido.

No podrán asignarse diferentes precios a idénticos productos o servicios puestos a disposición de las personas consumidoras y usuarias en función del género de la persona destinataria.

PRECIOS CLAROS

Los consumidores vascos tienen a partir de ahora derecho a conocer los precios de los productos que deben ofrecerse «con claridad» y sin que induzcan a error y deben incluir los tributos y los recargos o descuentos aplicados.

Por ejemplo, si los bienes se muestran en un escaparte, los precios tienen que ser visibles desde el exterior, sin necesidad de entrar en el establecimiento.

Sobre las lenguas, las administraciones deberán promover el uso de los dos idiomas oficiales y las entidades que reciban subvenciones destinadas específicamente a la integración del euskera deberán poder atender a las personas en el idioma oficial en el que estas se expresen o soliciten.

En todos los establecimientos comerciales se pondrá a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones, en papel o formato electrónico.

Se consideran infracciones, entre otras, el incumplimiento de las normas sobre envasado, marcado, etiquetado y presentación de productos, enviar comunicaciones publicitarias o promocionales por correo electrónico que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por la persona destinataria.

También es infracción utilizar cualquier método de venta que no informe, no posibilite o dificulte la obtención de los descuentos a los que tengan derecho los consumidores y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.

La ley regula los importes de las sanciones, en función de su gravedad, que van desde los 150 euros hasta el millón de euros.

Establece asimismo la adhesión al sistema arbitral de consumo como regla general en el sector público y en la contratación pública, y se valorará en la concesión de ayudas y subvenciones, al tiempo que autorizará al personal inspector a no identificarse cuando así pudiera frustrarse la finalidad de su actuación.

EH BILDU Y VOX VOTAN EN CONTRA

La normativa ha sido respaldada por PNV y PSE, los dos socios del Gobierno Vasco, y por Elkarrekin Podemos-IU tras recogerse la mayoría de sus enmiendas. PP+Cs ha avalado también la ley, pero ha sido un «sí crítico» porque el texto es «manifiestamente mejorable», ha señalado la parlamentaria Muriel Larrea.

EH Bildu, en cambio, se ha posicionado en contra porque, según ha explicado Itxaso Etxebarria, aunque la ley mejora algunos de los derechos de los usuarios, lo hace de manera escasa y con «poco calado» y ha defendido «más protección y garantías» a través de medidas que no han sido recogidas, entre ellas el aumento de los inspectores.

Vox también ha votado en contra, entre otros motivos porque, según la única representante del partido de extrema derecha, Amaia Martínez, la norma no establece mecanismos frente a los «abusos» que las compañías gasísticas o energéticas ejercen contra los usuarios. EFE



1 Comentario

  1. Pos mira, me alegro…
    A ver si de una puñetera vez dejan de llamar al timbre cuando estoy sentado plantando un tronco de aserradero, para venderle contratos energéticos o telefónicos.
    Se agradecería también que no me llamen al móvil vendiendo seguros a la hora de la siesta.

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