La Policía Local de Vitoria-Gasteiz informa de los horarios de cierre y cese de la música de las diferentes categorías de locales de Hostelería y los de apertura de los veladores.
Salas de baile y fiesta juveniles, discotecas juveniles, degustaciones, heladerías, chocolaterías, churrerías, croisanterías, salones de Té y asimilables: a las 23:00 horas
Tabernas, bodegas, bares, cafés- bares, snacks, restaurantes, asadores, cafeterías, autoservicios, casas de comidas, txokos, sociedades gastronómicas, sidrerías y asimilables a las 01:00 horas.
Bares especiales, whiskerías, clubes, bares americanos, pubs, disco bares, karaokes y asimilables: a las 2:30 horas.
Salas de fiestas, salas de baile, discotecas, cafés-teatro, restaurantes con espectáculo y asimilables, a las 04:30 horas
Salones Recreativos, a las 23:00 horas
Salones de Juego, a las 01:00 horas
Salas de Bingo, a las 03:30 horas
Casinos, a las 4:30 horas
Este horario general de incrementará en las circunstancias y días siguientes:
1-1/2 hora mas, los viernes, sábados y vísperas de festivo.
1/2 hora mas desde el 1 de Junio al 30 de septiembre.
2 horas mas durante la celebración de las fiestas patronales, en Vitoria del (4 al 9 de Agosto).
2 horas mas de jueves a lunes de Pascua (Semana Santa)
2 horas mas de jueves a martes de Carnaval
2 horas mas en Navidad, desde el 21 de Diciembre al 6 de Enero.
2 horas mas cuando se celebre en el lugar en cuestión algún evento festivo, cultural, deportivo o de especial trascendencia. Previa Autorización del Gobierno Vasco.
Horario de cese de la actividad de Veladores:
LABORABLES a las 23:00 horas en Invierno y a las 00:00 horas en Verano ( 1/06 al 30/09)
VIERNES, SABADOS Y VISPERAS DE FESTIVO a las 00:00 horas en invierno y las 01:00 horas en verano
DIAS LABORABLES (FIESTAS DE LA BLANCA) a las 01:00 horas
DIAS FESTIVOS (FIESTAS DE LA VIRGEN BLANCA) a la 01:30 horas
A estos horarios se añadirá una hora mas para el Desalojo y la Limpieza.
La hora de inicio de los veladores será como pronto a las 08:30 horas