Vitorianos preocupados por la convivencia en sus edificios. Hay situaciones en las que vecinos con los que conviven hacen «lo que les viene en gana. Ruidos continuados. Es muy triste que en tu casa no puedas vivir tranquila con la incertidumbre y la tensión que crea. Y cuando llamas a la policía local porque no aguantas más te dicen que no pueden hacer nada». Es la cruda realidad.
El Ayuntamiento de Vitoria trata de explicarse ante esta situación ciudadana. Pero reconoce que no tiene amparo legal para actuar. Lo cual resulta dramático:
LISTADO DE ACTITUDES VECINALES NEGATIVAS: Consultados los departamentos municipales que atienden este tipo de demandas, nos trasladan que el Ayuntamiento no dispone de amparo legal para gestionar las cuestiones derivadas del ruido vecinal (música o televisión a volumen alto, perros sin atención, fiestas en la vivienda, trabajos en horario nocturno, actitudes ruidosas en sus movimientos, etc.) ya que la Ley del Ruido 37/03 lo excluye expresamente.
Por su parte, la Policía Local realiza comprobaciones sonoras y las entrega a la persona interesada para servir como Prueba de Cargos en una reclamación en la Vía Civil.
La existencia de ruidos vecinales es una afección que provoca molestias, cuyo ámbito para su resolución es la vía civil sobre la base del régimen jurídico de legislación de la propiedad horizontal. 5. Tanto la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, de Ruido, como el Decreto de 213/2012, 16 de octubre, de contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, excluyen de su aplicación los ruidos procedentes de las actividades domésticas y comportamientos de vecindad. Sin embargo el artículo 2.2 de la Ley 37/2003, mantiene dentro del ámbito de su aplicación la contaminación acústica producida en las relaciones vecinales en el caso de que excedan de “los límites tolerables de conformidad con las ordenanzas municipales y los usos locales”.
Tal y como se recoge en la Ordenanza Municipal contra el ruido y las vibraciones “4. Ruido Vecinal.- Actualmente no disponemos de una estrategia de atención a este tipo de reclamaciones (muy numerosas y a veces dramáticas), por lo que cuando surgen son desviadas al amparo de la jurisdicción civil. Si bien la Ley 37/07 no obliga a los municipios a la gestión de estos conflictos, sí ampara y da cobertura legal a los ayuntamientos que quieran hacerlo.”
Como ayuntamiento podríamos comprobar la reiteración de los ruidos y proceder a su medición de manera objetiva, pero para ello es necesario que haya una solicitud previa de la persona afectada.
Respecto a la situación de acoso que dice padecer, le informamos de que el hostigamiento o acoso vecinal se incluye en el Art. 172 del Código Penal, que tipifica el delito de acoso, refiriéndose a ésta como aquella situación en la que una persona es víctima de alguien que le persigue, hostiga o perturba de forma constante y habitual.
CONSEJOS DE LOS MUNDOS DE YUPI:
A falta de más datos, le recomendamos que, si no lo ha hecho aún, acuda al/ la Presidente/a y la Junta de Vecinos/as de su Comunidad. En caso necesario puede recurrir también a la figura de un/a mediador/a que intentará dar una solución al conflicto mediante un acuerdo resultante de la mediación.
El Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz no dispone en estos momentos de un servicio de mediación en esta materia, pero le informamos de la existencia de Bizilagun, Se trata de un servicio público y gratuito (Gobierno Vasco) cuya misión es: Informar sobre los derechos y deberes como propietarios/as, vecinos/as, arrendadores/as o inquilinos/as, así como orientación para aclarar las dudas que tanto propietarios como inquilinos de una vivienda tengan en cuanto a sus derechos u obligaciones.
Intermediar entre vecinos y vecinas de una comunidad o entre personas propietarias e inquilinas con el fin de resolver los conflictos que pudieran surgir y no se resolviesen directamente entre sus protagonistas. Por último, en caso de que no haya entendimiento o cuando la mediación no dé resultado, la tercera y última opción consiste en interponer una denuncia».
Un debate muy intenso en el Buzón Municipal que señala clarmente la necesidad de cambiar esa ley que impide el descanso de los ciudadanos y que no permite a los Ayuntamiento intervenir.
Lamentamos tener que suspender el debate. Un saludo