EFE).- La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a 17 años y medio de cárcel a un hombre de 45 después de que un jurado popular le declarara culpable de asesinar a su expareja, de 42 años.

El juicio por este crimen concluyó a finales de noviembre y, tras un día de deliberación, los miembros del jurado llegaron a la conclusión unánime de que procesado, de nacionalidad venezolana, acabó con la vida de la mujer en la madrugada del 1 de noviembre de 2014 en la vivienda del barrio vitoriano de El Pilar, donde vivía ella, de origen dominicano.

Una vez emitido el veredicto la Audiencia Provincial ha tardado cuatro semanas en redactar la sentencia, en la que condena al hombre a un pena de prisión de 17 años y medio y a indemnizar a los familiares de la víctima con 345.000 euros.

En declaraciones a EFE, el abogado defensor, Óscar de la Fuente, ya ha adelantado su intención de recurrir el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.

El letrado entiende que en el juicio acreditó la inocencia de su cliente y que además se cometieron «errores fundamentales» en el tratamiento de las pruebas y se obviaron otras que lo exculpaban o que al menos sembraban «muchas dudas» sobre su culpabilidad.

En la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE se considera probado que el ahora condenado la madrugada del 1 de noviembre de 2014 acabó con la vida de su expareja a la que acuchilló en la mejilla y golpeó en la cabeza mortalmente.

El jurado estableció como probado, y así lo recoge la sentencia, que el hombre atacó a la mujer con alevosía, de manera «sorpresiva e inesperada», lo que la dejó sin posibilidad de defensa.

El juez señala que la víctima, como relataron en la vista oral varios testigos, tenía miedo del que luego resultó ser su asesino cuando esta decidió romper la relación que mantenía y que cuando comenzó una nueva relación sentimental el miedo se acrecentó.

En la sentencia se añade que el jurado destacó la extrañeza de que después del asesinato y hasta la detención del sospechoso este, ante la supuesta desaparición de la mujer durante varios días, no la llamara, máxime cuando el mes anterior la llamó con «gran asiduidad».

La pena de 17 años y medio impuesta por el tribunal es inferior a las peticiones de las acusaciones, ya que la Fiscalía pedía 20 años de cárcel por un delito de asesinato y la Abogacía del Estado reclamaba 25 por este mismo delito. La defensa por su parte solicitaba la libre absolución.

El juez determina que no hay ninguna circunstancia penal del encausado probada que permita superar la duración mínima de condena legalmente establecida para este asesinato con el agravante de parentesco.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. EFE



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